Matrimonio homosexual / Le mariage gay en Colombie

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Golpe al ‘matrimonio’ gay

Message : # 4957Message Darloup »

Un juez de Bogotá ha fallado en favor de una tutela contra un matrimonio homosexual celebrado en esa ciudad el 20 de septiembre pasado. La decisión judicial seguramente alegrará a quienes estén en contra de la unión conyugal entre personas del mismo sexo, y contrariará a aquellos que consideran que los derechos civiles del colectivo gay deben equipararse plenamente y para todos los efectos al del resto de ciudadanos.

La Fundación Marido y Mujer, promotora de la tutela, se aferró al hecho de que, en este caso específico, el juez que formalizó el enlace lo denominó “matrimonio” en el documento oficial, pese a que ese calificativo no parece aún aplicable a las uniones homosexuales, a juzgar por el fallo sobre la tutela. En 2011, la Corte Constitucional aprobó la “unión solemne” entre gais, término que ha generado cierta confusión y provocado lo que algunos consideran como un vacío legal en la materia. Aquel fallo de la Corte constituyó un paso hacia la normalización civil de la población homosexual, pero el camino aún presenta importantes obstáculos, como lo demuestra el éxito de la acción judicial de la Fundación Marido y Mujer.

La Constitución colombiana establece que la “forma del matrimonio” se definirá en el Código Civil. Este texto señala, en su artículo 113, que el matrimonio es “un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”. El reconocimiento inequívoco de la unión homosexual como matrimonio pasa, pues, por modificar este artículo (y, de paso, se podría aprovechar la ocasión para eliminar del Código la vetusta vinculación forzosa entre unión conyugal y procreación).

Hace poco más de cinco meses, el Senado tumbó, por 51 votos contra 17, un proyecto legislativo que pretendía legalizar el matrimonio gay. Habrá, por tanto, que esperar una nueva ocasión para que el Congreso –sede de la representación popular– vuelva a ocuparse de este debate. Y dicha ocasión solo llegará si la presión ciudadana y los acontecimientos sociales lo propician.

Fue lo que sucedió, hace ocho años, en España, cuando Zapatero llegó a la presidencia del Gobierno. También en ese país la Constitución delega en el Código Civil el desarrollo legal de las uniones conyugales. Este texto establecía: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código”. Lo que se hizo fue añadir la siguiente apostilla: “El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”. La tramitación de aquella ley desató fortísimas tensiones, pero, al final, la iniciativa se aprobó con los votos en contra del PP. Lo llamativo es que otros grupos conservadores, como el vasco PNV y parte del catalán CIU, apoyaron el proyecto. Después, el PP presentó recurso de inconstitucionalidad, que fue tumbado en 2012 por el Tribunal Constitucional por ocho votos contra tres, pese a que dicho órgano estaba dividido casi a partes iguales entre magistrados conservadores y progresistas.

Lo que demuestra el caso español es que leyes que son inimaginables en un momento dado terminan abriéndose paso cuando los vientos políticos y sociales soplan en la dirección deseada por quienes pretenden el cambio. Y lo que parece claro es que, en el caso que nos ocupa, ese viento aún no ha llegado al Congreso de la República.

Fuente: http://www.elheraldo.co/opinion/editori ... gay-126991
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No han anulado ningún matrimonio gay: Angélica Lozano

Message : # 4966Message Darloup »

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Concejala y activista Angélica Lozano.


No es cierto que se haya anulado el matrimonio gay celebrado el 20 de septiembre en el juzgado 48 Civil de la capital, aseguró a EL HERALDO la concejala y activista Angélica Lozano.

La cabildante progresista anunció que apelarán ante el Tribunal Superior de Bogotá el fallo del juez 39 Civil de Bogotá, que dio razón a la tutela interpuesta por el procurador judicial 2 de esta ciudad, Gustavo Trujillo, que intenta anular un matrimonio civil entre dos hombres que han convivido durante 27 años.

"Lo primero que hay que aclarar es que el matrimonio no ha sido anulado y que la tutela es de la Procuraduría y no de la Fundación 'Marido y Mujer', como han querido hacerlo ver", aseveró Lozano.

Señaló, además, que el matrimonio civil en cuestión "ya es un hecho", y que "la única forma de anularlo es ante un juez de Familia" y por tres causales a saber: incesto, bigamia y coacción, "y ninguna se presenta en este caso".

Fuente: http://www.elheraldo.com.co/noticias/na ... ano-127078
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No son un hombre y una mujer: fallo de tutela

Message : # 4974Message Darloup »

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Gais no saben si pueden casarse o no, tras confuso fallo de la Corte, abstención del Congreso y cruzada de la Procuraduría.


Por Tomás Betín del Río

Esta semana se conoció una decisión, sin precedentes, de un juez capitalino que ordena invalidar un matrimonio civil gay celebrado en esta ciudad el 20 de septiembre pasado.

A pesar de que la Corte Constitucional pareciera ordenar en 2011 a notarios y jueces que casaran parejas del mismo sexo, con la confusa resolución de no usar la palabra “matrimonio” sino la expresión “contrato solemne”, y luego de que el Congreso no fuera capaz de aprobar una ley que aclarara el tema en la legislatura pasada, lo que ha sucedido es que los jueces y notarios, y las mismas parejas gais, no saben a ciencia cierta si pueden o no casarse.

A esto se suma una cruzada que ha emprendido la Procuraduría General de la Nación, que junto a la Fundación Marido y Mujer y grupos religiosos, han torpedeado, desde el 20 de junio pasado -fecha dispuesta por la Corte para empezar a legalizar las uniones-, con movidas jurídicas las decenas de intentos de las parejas LGBTI de contraer matrimonio.

EL HERALDO resume los argumentos de la tutela presentada, lo que responde la pareja afectada al respecto y la providencia del juez que decide ordenar la anulación del casamiento.

La tutela. En la tutela, fallada a favor el 1 de octubre pasado por el juez 39 Civil de la capital, César Eduardo Díaz Valdiri, la Procuraduría, representada por el procurador judicial segundo delegado para Asuntos Civiles, Gustavo Trujillo Cortés, argumenta que el derecho que habría sido vulnerado es el del debido proceso.

El Ministerio Público demandó al juez 48 Civil de Bogotá, Juan Carlos Cerón Díaz, “en defensa del ordenamiento jurídico y de los derechos fundamentales, especialmente el debido proceso” que, según la acción, “fueron desconocidos” con el matrimonio civil entre los dos hombres.

La tutela, en sí, pide “invalidar” tal actuación judicial, es decir, el matrimonio, porque “no guarda coherencia ni congruencia” con el artículo 42 de la Constitución Nacional, el artículo 113 del Código Civil y “desconoce los efectos erga omnes -que afecta a todos los sujetos y no solo a las partes que acudieron al contrato-” de la sentencia C-577 de 2011 de la Corte Constitucional.

Dice la Procuraduría que una vez el juzgado entutelado admitió la solicitud de matrimonio y fijó fecha para este, el ente de control se opuso y dicha oposición fue rechazada en un auto del 22 de agosto, por lo que el organismo interpuso entonces un recurso de reposición, que también fue despachado desfavorablemente.

Debido a lo anterior, el Ministerio Público, “agotados los medios ordinarios de defensa”, presenta la acción de tutela.

Respuesta de pareja. Uno de los contrayentes advirtió sobre la acción que “no existe un derecho fundamental” en cabeza de la Procuraduría que le permita poner la tutela, sobre todo “cuando no se ocupa de referir en qué forma se violó el debido proceso” con su matrimonio con Cantor.

Señala el novio, además, que la invalidación del acto solemne debe ser invocada por “las partes afectadas por dicho vínculo”, es decir, la pareja que decidió casarse.

‘Marido y Mujer’ y tutela. La Fundación Marido y Mujer, en cabeza de Javier Armando Suárez Pascagaza, presentó un escrito para coadyuvar la tutela instaurada por la Procuraduría, en el que señala, entre otras cosas, que en el casamiento “se está ante una irregularidad procesal porque se dio el trámite fijado para el matrimonio civil a una solicitud autodenominada “matrimonio igualitario”.

Pide por consiguiente la organización “revocar el acta de matrimonio civil de personas del mismo sexo”, así como “disponer la cancelación de cualquier registro que por virtud de este acto se hubiese protocolizado”.

Responde el despacho. El juez Díaz Valdiri recuerda en su decisión que la acción de tutela es “un mecanismo procesal a través del cual las personas tienen la facultad de exigir la protección inmediata de los derechos fundamentales cuando quiera que se presente una violación o amenaza de violación”.

También cita el togado, entre las funciones del procurador y sus delegados, la de “intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales”.

Critica el despacho que en el contrato de la pareja homosexual se lea que el juez “declara legalmente unidos en matrimonio civil”, lo que según la providencia “desatendió el rasero que la misma Corporación Constitucional estableció”.

El juez Díaz arremete entonces contra el juez Cerón, de quien dice “sin más ni más, como si se tratara de un vínculo matrimonial entre hombre y mujer, quebrantó el debido proceso”, ya que, para el administrador de justicia las “personas del mismo sexo solo pueden formalizar y solemnizar un vínculo contractual”, mas no un matrimonio civil.

Tras lo anterior, el juzgado resolvió, el martes, “tutelar el derecho fundamental al debido proceso solicitado por la Procuraduría” y, como segunda medida, “ordenar que el juzgado accionado en el término de 48 horas proceda a tomar los correctivos del caso encaminados a dejar sin valor ni efecto la actuación surtida.

Otra acción en Cali. Según informó ‘Marido y Mujer’, el juez 4 Civil de Cali negó la tutela que había interpuesto el juez 11 Civil de esta ciudad, en la que le pedía al notario 4 de Cali celebrar un matrimonio entre dos hombres.

“El despacho resolvió la impugnación, al interpretar la sentencia C-577 de la Corte”, señaló ‘Marido y Mujer’.

Suárez dijo que también “hay demandas contra la juez 67 Civil de Bogotá, Carmen Rodríguez y contra el juez de Gachetá, Cundinamarca, Julio González”, por unir parejas gais.

“No anula todos”. La organización Colombia Diversa, por su parte, aclaró a la comunidad gay en un comunicado que la tutela fallada “no anula todos los matrimonios de parejas gais del país” e indica que “pueden seguir haciendo solicitudes de matrimonio civil porque los jueces son autónomos e independientes y pueden seguir casando”.

Concejal vs procurador

La concejala capitalina Angélica Lozano denunció el pasado 30 de septiembre al procurador Trujillo por “aprovecharse de su investidura para intervenir arbitrariamente en el proceso judicial de formalización y solemnización de la familia” de los dos hombres.

Acusa la cabildante al funcionario del Ministerio Público de “impedir el cumplimiento de la sentencia C-577 de 2011 de la Corte Constitucional”. Lozano solicita al fiscal general, Eduardo Montealegre, analizar si el procurador cometió el delito de abuso de autoridad y pide “investigar la posible estructura criminal“ en “diversas autoridades de la República”.

Fuente: http://www.elheraldo.co/noticias/nacion ... ela-127364
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Procuraduría vs matrimonio gay: ¿una labor o una obsesión?

Message : # 5003Message Darloup »

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Carlos Rivera y Gonzalo Ruiz, primer matrimonio gay realizado en Colombia. Fue celebrado por el Juzgado 67 Civil de Bogotá.


Por Tomás Betín del Río

Listados con nombres de personas de todo el país llegan a la Procuraduría General de la Nación cada tanto. Cualquiera podría pensar que son funcionarios públicos corruptos que han sido denunciados por valerosos ciudadanos o por otros heroicos funcionarios. Sin embargo, los listados son de personas que, fundamentalmente, están enamoradas, se quieren casar y quieren tener la protección social con efectos inmediatos que el Estado está en la obligación de garantizar.

¿Para qué quiere la Procuraduría entonces estos listados? Según el ente de control, para garantizar el cumplimiento de la Constitución y del Código Civil. Según Colombia Diversa, para perseguir a las parejas gais e impedir que se unan en matrimonio civil.

La orden del Ministerio Público consta en la circular 01 del 1 de julio de 2013 -que no aparece en el portal de la entidad-, suscrita por la procuradora delegada para Asuntos Civiles, Gladys Virginia Guevara Puentes, y enviada a los procuradores regionales, judiciales y provinciales, en la que les ordenan que entreguen informes sobre las solicitudes en juzgados de matrimonios o de uniones solemnes de parejas homosexuales. Dicha orden es extensiva, además, para personeros, juzgados civiles municipales o promiscuos municipales.

Pero esto no es todo. El esposo de Guevara Puentes es nada más ni nada menos que el magistrado del Consejo Superior de la Judicatura Pedro Munar, quien, por supuesto, junto a sus colegas en ese alto tribunal se encarga de juzgar a los jueces de este país.

A finales de julio hubo otra circular, esta vez firmada por la procuradora delegada para la Infancia, Adolescencia y Familia, Ilva Myriam Hoyos, quien reiteraba la solicitud de los listados de las parejas del mismo sexo que se querían casar y urgía además a los funcionarios a que tuvieran la información antes de que iniciara agosto, para enviar un informe al procurador general Alejandro Ordóñez.

Ambas circulares están precedidas por la ‘gran circular’ 013 del 7 de junio de 2013, suscrita por el mismo Ordóñez, “en la que imparte directrices a los funcionarios del Ministerio Público, entrega recomendaciones específicas para los jueces y notarios y formula algunas peticiones a la Corte Constitucional, al Consejo Superior de la Judicatura, al Congreso de la República y al Gobierno Nacional, respecto de los alcances de la Sentencia C-577 de 2011, referente a las uniones de parejas del mismo sexo”.

Básicamente, el procurador señala a los funcionarios que deben permitir las uniones pero no los matrimonios. Y a los jueces y notarios les “recomienda que si estiman que al formalizar y solemnizar las uniones de personas del mismo sexo violentan su conciencia, ejerzan el derecho fundamental de la objeción de la conciencia”.

Así mismo “exhorta (…) a las autoridades administrativas para que respeten las funciones del legislador y se abstengan de crear e imponer instituciones jurídicas inexistentes”, según él, como el matrimonio entre homosexuales. Y, por último, “solicita a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura evaluar la posibilidad de recordar a los jueces las normas constitucionales y legales que resultan pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia C-577 de 2011”.

De igual forma, Ordóñez, el 10 de mayo de 2013, luego de que el superintendente de Notariado, Jorge Enrique Vélez, pidiera “algunos lineamientos en el evento que el Congreso de la República no legislara sobre las uniones de parejas del mismo sexo”, le responde que la decisión del Congreso de archivar el Proyecto de Ley de Senado número 47 de 2012 “tiene no solo implicaciones políticas, sino jurídicas” y le reitera que los jueves y notarios “no pueden legislar”.

Pero el procurador se viene oponiendo al matrimonio gay con distintas acciones desde su alta investidura desde antes incluso de la sentencia de la Corte Constitucional, que está fechada el 26 de julio de 2011. Así, por ejemplo, el 1 de marzo de 2011, en el concepto presentado ante la Corte respecto de la demanda que originó el famoso fallo, el procurador sostiene que “las normas que definen al matrimonio como un contrato celebrado entre un hombre y una mujer, reconocen que la procreación es uno de sus fines y reiteran que la familia igualmente se constituye por la decisión libre de un hombre y una mujer”. Y solicita al alto tribunal que se declare inhibido para pronunciarse sobre las normas demandadas, que son básicamente la Constitución y el Código Civil, en los apartes en que se lee “un hombre y una mujer” y “de procrear”, porque para los activistas violan el derecho a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

No contento, literalmente, con la sentencia de la Corte, el procurador, en agosto de 2011, solicita la nulidad de dicho fallo porque “con suma preocupación” que la Corte “en contravía de cualquier interpretación gramatical, histórica, sistemática o teleológica del texto constitucional”, señala que debe variar el concepto tradicional de familia, atado a la heterosexualidad de la pareja.

Las más recientes actuaciones del Ministerio Público ocurrieron el 24 de julio pasado, cuando al unirse la primera pareja gay del país en el Juzgado 67 Civil de Bogotá, el procurador judicial segundo delegado para Asuntos Civiles, Gustavo Trujillo Cortés, interpuso seis recursos en la audiencia, lo que hizo que la diligencia, que hubiese durado una hora aproximadamente, se demorara cuatro horas, por los peros jurídicos del funcionario y las respuestas de la jueza.

Recientemente, contra el matrimonio del 20 de septiembre de otra pareja gay en el Juzgado 48 Civil de Bogotá, el mismo procurador Trujillo interpuso una acción de tutela, que falló a favor el Juzgado 39 Civil de esta ciudad. La tutela, conocida por EL HERALDO, señala en un aparte que el togado accionado “cometió una irregularidad procesal”, ya que “mediante una interpretación grosera de la jurisprudencia de la Corte Constitucional” une en matrimonio a dos hombres.

Este diario intentó entrevistar al procurador Trujillo pero en el Ministerio Público hay una prohibición que no les permite a los delegados entregar declaraciones y el único vocero del ente es el procurador Ordóñez.

Por su parte, la directora de Colombia Diversa, Marcela Sánchez, le dijo a EL HERALDO que “obviamente esta es una función que le delegaron a este procurador, que no sé si piense o no así, pero él debe responder a las circulares que ha hecho la Procuraduría, dando instrucciones a los funcionarios de oponerse a los matrimonios de parejas del mismo sexo y diciéndoles qué tipo de recursos jurídicos interponer en cada matrimonio”.

Considera la activista que “lo más grave es cuando piden los listados de la gente que se quiere casar”, y advierte que “es una intromisión en la vida privada de la gente, porque muchas parejas nos han llamado y nos han dicho: mira, a mí me interesa casarme, pero no me interesa meterme en este lío público ni salir en los medios y mucho menos en listados de ningún tipo”.

Se queja además Colombia Diversa de que, mientras ellos denuncian, por ejemplo, que entre 2010 y 2011 fueron asesinadas 280 personas de la comunidad LGBTI en el país, y que entre esos años se registraron 63 casos de abuso policial contra mujeres transgeneristas y hombres gais, “la Procuraduría no ha intervenido ni una sola vez en ningún proceso judicial por homicidio, o ha ejercido su influyente poder frente a los abusos policiales contra esta población, (…) pero sí está presente para oponerse a cada una de las solicitudes de matrimonio”.

Fuente: http://www.elheraldo.co/noticias/nacion ... ion-128235
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La Procuraduría y los gais

Message : # 5002Message Darloup »

Desde que comenzó la polémica por las uniones de parejas homosexuales, la Procuraduría General de la Nación, con Alejando Ordóñez a la cabeza, ha desplegado todo el poder legal que tiene a su alcance para cerrar cualquier posibilidad que las personas del mismo sexo puedan constituirse en matrimonio.

Alega el Ministerio Público, con razón, que la primera de sus funciones es velar por el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales. Y la ley vigente en Colombia establece que la denominación de ‘matrimonio’ corresponde a la unión entre un hombre y una mujer. Es decir, la Procuraduría puede argüir que su intensa labor de fiscalización de las uniones homosexuales –que son legales– no responde a otro objetivo que impedir que se cuele alguna declaración de ‘matrimonio’ y se vulnere de ese modo la ley.

Nadie que crea en el Estado de derecho pretendería que la Procuraduría, así como cualquier otra institución pública, hiciera dejación de sus responsabilidades. Lo que llama poderosamente la atención en el caso que nos ocupa es la evidente obsesión con que el Ministerio Público está tratando el asunto, de modo que lo que debería ser un normal celo en el cumplimiento de las leyes se convierte, a los ojos de muchos ciudadanos, en una inaceptable cruzada homófoba, como refleja hoy un informe en este periódico. No de otro modo puede entenderse el aluvión de circulares que ha emitido la Procuraduría para que procuradores regionales judiciales y provinciales, así como personeros y jueces civiles, entreguen informes sobre las solicitudes en juzgados de matrimonios o ‘uniones solemnes’ de parejas del mismo sexo.

Estamos así en presencia de una lucha preventiva contra los matrimonios gais, en la que se pide incluso información sobre las peticiones para formalizar ‘uniones solemnes’, que son legales, ya que esta fórmula ha sido establecida por la Corte Constitucional para que las parejas gais accedan a derechos civiles.

En el fondo de todas estas actuaciones, lo que queda claro es que la Procuraduría no está ejerciendo el papel sobrio, sereno y riguroso de un garante de la ley, sino el del militante vehemente de una causa. El procurador Ordóñez ha dejado ver en varias ocasiones que su preocupación no es tan solo que se incumpla la ley vigente, sino que se abra alguna posibilidad para que esa ley pueda ser reformada y se eleve la unión homosexual a la categoría de matrimonio.

No hay más que repasar su beligerancia contra el fallo de la Corte Constitucional, de julio de 2011, en que los magistrados acordaron que los gais podrían formalizar ‘uniones solemnes’ a partir de julio de 2013 si, hasta esa fecha, el Congreso de la República no hubiera adoptado alguna decisión sobre las uniones homosexuales. Como es bien sabido, el Congreso rechazó en abril pasado un proyecto de ley que pretendía aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

En julio, como señalaba el fallo de la Corte, entró en vigor la figura de la ‘unión solemne’, que ha creado cierta confusión jurídica, pues unos interpretan que es un respaldo al ‘matrimonio’ y otros señalan lo contrario. La única manera de superar ese equívoco sería que se reformara la ley y se estableciera con rotundidad que el matrimonio es extensible a personas del mismo sexo.

Estar en contra de elevar la unión gay a la categoría de matrimonio es legítimo, tanto como estar a favor. Cosa distinta es la actitud que debería mantener la Procuraduría en el debate. De las instituciones del Estado se espera mesura, equilibrio e imparcialidad en sus actuaciones.

Fuente: http://www.elheraldo.co/opinion/editori ... ais-128262
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Tutela de la Procuraduría tumba segundo matrimonio homosexual

Message : # 5012Message Darloup »

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Sandra Rojas Robayo y Adriana González Sanabria, el 20 de junio de 2013, cuando solicitaron su matrimonio ante un juez.


Juez dijo que solo se reconocería un vínculo contractual.

El matrimonio entre dos mujeres celebrado por un juez civil municipal de Bogotá fue tumbado por un juez civil del circuito que le concedió la razón a la Procuraduría en el sentido de que solo se debía reconocer un “vínculo contractual” entre las dos mujeres.

La decisión fue tomada tras admitir una tutela instaurada por la Procuraduría General de la Nación y coadyuvada por la Fundación Marido y Mujer. Se conoció que fue el juez 44 Civil del Circuito el que anuló el matrimonio celebrado por el Juzgado 44 Civil Municipal de Bogotá el pasado 4 de octubre entre Sandra Marcela Rojas Robayo y Adriana Elizabeth González Sanabria.

Al conocerse la decisión del juez, el presidente de la Fundación, Javier Suárez, celebró el fallo por considerar que es “un espaldarazo a la familia colombiana”. “Celebro la objetiva administración de justicia del Juez 44 Civil Municipal del Circuito de Bogotá que ha declarado nulo el matrimonio de dos mujeres ante el Juzgado 44 Civil Municipal”.

Para el Representante legal de la Fundación “la Constitución y la Ley, el matrimonio en Colombia sigue siendo solo entre el hombre y la mujer” (...) “Habíamos pedido la nulidad de esta unión argumentando que se reconociera el restablecimiento jurídico del matrimonio configurado entre el hombre y la mujer y eso es lo que ha hecho este juez al respetar la figura. Solamente una pareja conformada por hombre y una mujer pueden conformar una familia”.

Por su parte, Sandra Marcela Rojas Robayo señaló que apelaron en primera instancia la nulidad de su unión por parte del juez 44 civil de circuito.

“Somos dos mujeres que se quieren contra el procurador general de la nación, entonces esto es una pelea un poco desigual, el procurador tiene poder sobre los jueces, entonces algunos jueces le hacen caso y otros no”.
Rojas manifestó que “la juez no nos va a anular el matrimonio hasta que no agotemos todas las instancias”.

La primera unión anulada se presentó el 2 de octubre por parte del Juez 39 Civil de Bogotá que anuló el matrimonio entre una pareja homosexual realizado el pasado 20 de septiembre por el Juez 48 Municipal de Bogotá.

Fuente: http://www.elheraldo.co/nacional/tutela ... ual-129081
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Parejas gais sí son familia: Consejo de Estado

Message : # 5442Message Darloup »

El Consejo de Estado dictaminó que las parejas del mismo sexo sí constituyen una familia, pues “la disposición de conformar una familia nace de la decisión libre de dos personas que asumen lazos de solidaridad, apoyo, cariño, amor y convivencia”.

El alto tribunal indicó, además, que la figura de familia va más allá del matrimonio, debido a que no puede analizarse únicamente dentro de la existencia de un contrato o vínculo formal.

En el fallo, así mismo, se define la existencia de dos tipos de familia: la biológica y la de crianza.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, concluye que es necesario superar las creencias que anulan el derecho de las personas “de cualquier clase, raza, orientación sexual, etc., a conformar de manera libre y autónoma familia, para dar paso a una protección efectiva y garantista que respete los derechos de las personas en un verdadero y real plano de igualdad”.

Fuente: http://www.elheraldo.co/noticias/nacion ... ado-118360
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Gobierno defiende ante Corte derecho de gais al matrimonio

Message : # 6299Message Darloup »

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El mininterior, Juan F. Cristo, es escuchado por los magistrados en la audiencia.


Por Tomás Betín del Río

En la audiencia pública dijo que uniones maritales de hecho no son garantía.

Un nuevo enfrentamiento entre el Gobierno y la Procuraduría se vivió ayer en la Corte Constitucional en medio de una audiencia pública sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo.

El alto tribunal, con ponencia del magistrado conservador Jorge Pretelt -señalado de actos de corrupción por sus propios pares-, estudia una tutela interpuesta por una pareja gay de Cali a la que un notario se negó a casar a través de un matrimonio civil y que en cambio les proponía una unión solemne.

Así mismo, la Corte revisa una solicitud de la Procuraduría de que se anulen los matrimonios gais y la de los activistas LGBTI de fallar de fondo y en concreto sobre el matrimonio civil entre parejas del mismo sexo, ya que algunos jueces han casado unas 40 parejas homosexuales en los últimos dos años en el país pero otros jueces y notarios han hecho, en cambio, uniones solemnes, que según los afectados, son "discriminatorias".

La situación actual de los casamientos en los estrados y los entes de la fe pública se da luego de la sentencia C-577 de 2011, donde la Corte reconoce que las parejas del mismo sexo son una familia y ordena al Congreso legislar para regular el matrimonio igualitario, pero ante la negativa del Parlamento a hacerlo, ya que se hundió una iniciativa al respecto en un segundo debate de abril de 2013, el alto tribunal ordenó a jueces y notarios, el 20 de junio de 2013, que eliminaran el déficit de protección de estas familias homosexuales.

En el radicado del Ejecutivo ante la Constitucional, se solicita también establecer una figura temporal de matrimonio igualitario mientras el Legislativo hace su tarea: "solicitamos a la honorable Corte Constitucional que materialicemos ese espíritu del Constituyente, y le otorguemos a las parejas de mismo sexo -a través del matrimonio- la posibilidad de ejercer plenamente sus derechos a la libertad, autonomía, intimidad y libre desarrollo de la personalidad".

Y se lee, así mismo, que "la manera en que efectivamente se garanticen los derechos humanos de las parejas del mismo sexo, es a través de la celebración del contrato de matrimonio, en tanto esta es la institución jurídica que mejor garantizaría la verdadera superación del déficit de protección. Las uniones maritales de hecho -como lo señaló la jurisprudencia- no cumplen con dicho objetivo, en tanto esta institución tiene consecuencias jurídicas diferentes a aquellas que se tienen con la celebración del matrimonio".

En esta nueva legislatura se mueve un proyecto de ley en este sentido, impulsado por el senador barranquillero de La U, Armando Benedetti, en el que además incluye el tema de la adopción para las parejas gais.

El Gobierno de Juan Manuel Santos, entre tanto, ha estado apoyando las causas de la población diversa, por ejemplo, al incluir los asuntos LGBTI en el Plan de Desarrollo y establecer en un decreto, desde junio pasado, que para cambiarse de sexo la persona solo debe ir a una notaría y no tiene que pasar por un examen siquiátrico ni médico, como solía exigirse.

Ayer ante el alto tribunal, que estudiará las distintas posiciones escuchadas -unas 30- para tomar su decisión, los ministros del Interior y de Justicia dieron su respaldo al matrimonio igualitario y entraron en controversia con la siempre crítica Procuraduría.

Corte es competente para decidir: minjusticia

A su turno, el ministro de Justicia, Yesid Reyes, consideró que la Corte Constitucional sí es competente para decidir si las parejas del mismo sexo pueden contraer matrimonio, dado que el Congreso no ha legislado en relación al tema.

"No existe ningún motivo que en este caso justifique un trato diferenciado entre las parejas heterosexuales y las homosexuales; desde el punto de vista estrictamente jurídico ambas constituyen familia en cuanto tienen un proyecto de vida común, con vocación de permanencia y basado en el afecto, el respeto y la solidaridad", dijo.

Advirtió el jefe de la cartera judicial que no es válido afirmar que las parejas homosexuales pueden acceder a los mismos beneficios de las heterosexuales a través de figuras como la unión marital de hecho, "porque jurisprudencialmente es claro que ésta goza de una menor protección jurídica que aquella que se deriva del matrimonio".

Los colombianos estamos listos para acogerlos con dignidad: mininterior

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, celebró "por la democracia" el hecho de que se generen estos espacios de discusión sobre el matrimonio igualitario y aseguró: "los colombianos estamos listos para acoger el mismo valor y la misma dignidad para las parejas heterosexuales y homosexuales".

Explicó el jefe de la cartera política que las tutelas que motivaron la audiencia y la nueva deliberación del alto tribunal "se han presentado ante las dificultades de la sentencia anterior, porque no tiene un punto final de llegada para las parejas gais", y criticó que "la unión marital de hecho es una medida insuficiente para las parejas gais porque implica un déficit de protección".

No tienen derecho a casarse: viceprocuradora

Al contrario, la viceprocuradora Martha Isabel Castañeda se mostró en contra del matrimonio de las parejas del mismo sexo aunque afirmó que la posición de la Procuraduría "no está dirigida en contra de algún grupo de nuestra colectividad. Se trata simplemente de una divergencia jurídica".

La representante del Ministerio Público enfatizó en que "nuestro ordenamiento jurídico no establece un derecho de las parejas de igual sexo a casarse", pues "ni la Constitución, ni la Ley, tampoco la jurisprudencia constitucional han señalado que las citadas parejas tengan derecho a contraer matrimonio".

Concluyó Castañeda que los jueces y notarios que se niegan a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo "no están haciendo cosa distinta que cumplir con la orden impartida por la Corte Constitucional", ya que "la naturaleza del vínculo contractual señalado en el punto quinto de la parte resolutiva de la C-577 es la de un contrato atípico. En otras palabras, no corresponde al negocio jurídico matrimonial".

Los prejuicios están en la mente que discrimina: defensor

Entre tanto, el otro representante del Ministerio Público, el defensor del pueblo, Jorge Armando Otálora, puntualizó que "cuando la ley impide la unión por amor entre dos personas, viola el principio de respeto a la libertad individual y la vida privada", y agregó que "así como las ideas motivan acciones, los prejuicios motivan violencia".

Para Otálora, además, "los prejuicios y estereotipos no están en los cuerpos de quienes son discriminados, sino en la mente de quienes discriminan", por lo que, dijo, finalmente, que "el matrimonio de las parejas homosexuales debe prevalecer sobre el matrimonio excluyente".

Matrimonio es el único vínculo jurídico para la familia: jueza

La jueza 44 civil de Bogotá, quien unió mediante un matrimonio civil a una pareja gay, dijo que "el único contrato que regula relaciones de pareja, tiene efectos civiles en las personas y el único vínculo jurídico que permite conformar familia es el matrimonio".

La togada, entutelada por la Procuraduría por casar a una pareja del mismo sexo, concluyó que "resulta inconcebible que por contratos innominados se cumpla una unión de familia, porque esos contratos lo que hacen es discriminar a las parejas LGBTI".

No hay una legislación clara: notario

De otro lado, el notario 37 de la capital, Álvaro Rojas, criticó la sentencia C-577 de 2011 porque, asevera, "deja sin herramientas claras a los notarios sobre cómo proceder con las uniones del mismo sexo".

Afirmó, además, que "los notarios no somos enemigos de estas uniones sino que no hay una legislación clara", haciendo referencia a la decisión que tomó el Ministerio Público de sancionar disciplinariamente a los empleados de la fe pública que celebren matrimonios gais.

Corte debe fallar de fondo: HRW

El director de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, opinó que la Constitucional debe proferir una decisión de fondo frente al matrimonio entre parejas del mismo sexo, ya que el Congreso no lo ha hecho "a pesar de que existe un perjuicio de los derechos de una minoría que tiene una orientación sexual distinta".

Vivanco, quien puso de ejemplo la decisión tomada hace un par de semanas por la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos, que amplió la figura del matrimonio gay a todos los estados, advirtió: "tener una familia es un derecho humano y el derecho internacional no limita los derechos a las personas homosexuales".

Hay que adoptar medidas progresivas: ONU

El delegado de la ONU, Auro Fraser, pidió a la Corte avanzar en normas que reduzcan la discriminación por razones de género, debido a que "contribuyen a la disminución de la violencia".

Al recordar que 12 países han avalado el matrimonio gay, entre los que se encuentran Chile, Brasil y Argentina, recomendó la adopción de "medidas progresivas para que las parejas del mismo sexo tengan los mismos derechos que las heterosexuales".

No son iguales: Marido y Mujer

Javier Suárez, de la Fundación Marido y Mujer, reiteró que "el matrimonio brota por la unión de un hombre y una mujer" y aseveró que, por lo tanto, "la unión de un hombre con otro hombre no vale para formalizar el contrato de un matrimonio civil".

Señaló así mismo que "procrear es uno de los fines fundamentales de un matrimonio" y que "no son iguales un hombre con otro hombre que una mujer con un hombre", por lo que, concluyó, "las parejas del mismo sexo deben tener una unión que no se llame matrimonio".

Finalmente, dijo estar "preocupado" porque "los mismos que demandan a favor del matrimonio igualitario lo hacen también a favor de la eutanasia y el aborto, y en contra del procurador".

Somos perseguidas por entes que deberían protegernos: pareja

Adriana González y Sandra Rojas, pareja casada por lo civil desde octubre de 2013 "no sin antes haber escuchado muchas veces: eso no se puede, eso no es legal", piden que las notarías hagan la anotación de "matrimonio" en el registro civil.

Agregan que "hemos sido sometidas al escarnio público por entidades que deberían, al contrario, protegernos" y afirman que las tutelas que piden anular sus matrimonios "nos quitarían nuestros derechos".

"Somos unas ciudadanas, nos enamoramos y conformamos una familia. Estamos orgullosas y felices", concluyeron.

Fuente: http://www.elheraldo.co/nacional/gobier ... nio-208910
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Message : # 6303Message Darloup »

Por César Lorduy

Desde noviembre de 2005 existe en Colombia la posibilidad de que las parejas puedan divorciarse por mutuo acuerdo. Desde esa época, hasta el presente, la Superintendencia de Notariado y Registro lleva unas estadísticas sobre divorcios que indican que estos, entre enero y noviembre de 2014, aumentaron en un 0,49 %, frente al mismo periodo de 2013.

Esas estadísticas también muestran que en Colombia por cada divorcio hay tres parejas que se casan, a lo que ahora hay que sumarle el reclamo de las personas del mismo sexo que desean casarse de manera igualitaria. Esas uniones, según la Superintendencia, aumentaron en un 7,3% para el periodo antes mencionado.

Por decisiones de la Corte Constitucional, las parejas del mismo sexo, en los últimos años, han obtenido el reconocimiento de sus necesidades, que son similares a las de las parejas heterosexuales, para lograr un proyecto de vida en común.

En desarrollo de lo anterior, desde 2007 las parejas del mismo sexo tienen el derecho de sucesión o de herencia –que es uno de los efectos de la unión marital de hecho–, pensión de supervivencia, subsidio familiar en servicios y para vivienda y de salud, patrimonio de familia inembargable y vivienda familiar, migratorios y de nacionalidad, derechos penales y derechos disciplinarios, amparo de las normas sobre violencia intrafamiliar y de justicia y paz que las reconocen como víctimas, el Seguro Obligatorio de Tránsito y Accidentes (Soat) y el derecho de residir en San Andrés y Providencia, si uno de sus miembros vive en ese lugar.

Con posterioridad les concedieron la obligación de prestarse alimentos, el beneficio de la agravación punitiva si el delito es contra la pareja del mismo sexo, y de protección por la ley de violencia intrafamiliar. También son titulares del régimen de incompatibilidades e inhabilidades en materia de contratación o para la postulación en cargos de elección popular, y por último tienen el derecho de adoptar si el menor es hijo biológico de uno de los dos, y el de “formalizar y solemnizar su vínculo contractual” si al 20 de junio de 2013 el Congreso no legislaba sobre el tema, tal como ocurrió.

Hoy el tema, por culpa del Congreso y las acciones de la Procuraduría contra jueces y notarios que celebraron uniones solemnes, vuelve a la Corte Constitucional que, independiente de los análisis que debe hacer como consecuencia de cinco tutelas que debe fallar, tiene la oportunidad de oro de –no solo para ser coherente con otras democracias– derrotar a un ponente cuestionado y acabar, de una vez por todas, con una indeterminación jurídica que, hasta ahora, es solo un pretexto para mantener una segregación y discriminación, basada en la orientación sexual.

El derecho fundamental a la autonomía personal incluye la libertad de elegir y decidir si contrae o no matrimonio con una pareja del mismo sexo, más todas las consecuencias que ese hecho genera, y cualquier prohibición constituye una discriminación absurda y antidemocrática.

La Corte no puede ni debe aceptar que el ponente del fallo que deberá expedirse destruya el trabajo de jueces y notarios honestos y valientes que decidieron eliminar una discriminación, y menos prestarse para que la tutela se use para negar derechos.

Fuente: http://www.elheraldo.co/columnas-de-opi ... rio-209018
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Corte aprueba matrimonio en parejas del mismo sexo

Message : # 6836Message Darloup »

Por Jorge Luis Cantillo Barrios

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Imagen de la Plaza de la Paz después de la marcha a favor de los derechos de las personas LGBTI en junio de 2015 en Barranquilla.


Gracias al hundimiento de la ponencia negativa del magistrado Pretelt, 6 votos contra 3, las parejas del mismo sexo podrían casarse.

En una decisión histórica la Corte Constitucional votó a favor del matrimonio entre parejas del mismo sexo al tumbar, seis votos contra tres, la ponencia negativa del magistrado Jorge Pretelt Chaljub, que consideraba inconstitucional la unión bajo la figura del matrimonio de parejas distintas a las integradas por un hombre y una mujer.

El alto tribunal estudia desde hace más de un año cuatro tutelas interpuestas por varios activistas de la comunidad LGBTI y parejas homosexuales que exigían que sus uniones no fueran catalogadas como ‘solemnes’ sino bajo la figura del matrimonio civil y con los mismos derechos de las parejas heterosexuales.

Según pudo establecer EL HERALDO, los magistrados que votaron a favor del matrimonio igualitario fueron: María Victoria Calle Correa, Alejandro Linares Cantillo, Gloria Stella Ortiz Delgado, Jorge Iván Palacio Palacio, Alberto Rojas Ríos, Luis Ernesto Vargas Silva.

Y los que votaron en contra fueron: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, Luis Guillermo Guerrero Pérez y Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.

Ahora será el magistrado Alberto Rojas Ríos el encargado de elaborar una nueva ponencia, esta vez positiva, para ser votada en la próxima Sala Plena.

Rojas, en su intervención, indicó que la ponencia de Pretelt era “una oportunidad perdida para remediar la situación de discriminación secular contra una minoría sexual en Colombia”.

Así mismo señaló que a pesar de que en el Código Civil se entiende el matrimonio como el celebrado por un hombre y una mujer “a todo ser humano le asiste el derecho a contraer matrimonio sin discriminación”.

Desde 2011, cuando la Corte reconoció el derecho de las parejas del mismo sexo a constituirse en familia, se inició el camino del matrimonio igualitario. Desde ese entonces, en el Congreso se han presentado varios proyectos con el fin de legislar sobre el tema y cumplir el mandato que exigió la corte en su sentencia.

El senador del Partido de La U, Armando Benedetti, quien fuera ponente y autor del proyecto de Ley que finalmente se hundió en la plenaria del Senado en 2013, celebró la decisión de la Corte y afirmó que gracias a ella el país avanza a una sociedad más incluyente y civilizada. “Hace 10 años esto habría sido impensable”, aseguró.

Sin embargo, lamentó que haya tenido que ser la Corte “y no el Congreso como debería ser”, la que finalmente otorgara a los homosexuales los mismos derechos que la las parejas heterosexuales. “Hoy, gracias a la Corte, ya no hay una letra en el ordenamiento jurídico que permita discriminar a los LGBTI”, manifestó.

Después del fracaso legislativo, la Corte dictaminó que las parejas homosexuales podrían acudir ante un notario y exigir un contrato de “unión solemne”.

Según datos de la Superintendencia de Notariado, desde 2013, cuando se empezó a aplicar la sentencia que permitía la unión de parejas del mismo sexo, pero a la que no se le denominaba matrimonio, se habían casado a la fecha 50 parejas en Colombia.

Para Wilson Castañeda, director la ONG Caribe Afirmativo, la comunidad LGBTI estaba esperando desde el año pasado que se tomara la decisión de romper con esta discriminación normativa.

“Ahora quedan dos cosas por resolver. Una es que jueces y notarios cumplan la sentencia sin condicionamientos. Y la segunda, que el Congreso legisle para que haya un ejercicio reglamentario”, comentó Castañeda.

“Esta decisión de hoy deja en firme esos matrimonios, y además deja a los jueces y notarios que los casaron, libres de investigaciones por parte de la Procuraduría, que había pedido nulidad de la sentencia de noviembre de 2011”, agregó.

Por su parte, la ONG Colombia Diversa señaló que esta es “una decisión sin precedentes que afirma que las parejas del mismo sexo son familia y están protegidas por la Constitución”.

Por medio de un comunicado el grupo defensor de los derechos LGBTI aseguró que la decisión de la Corte rompió con la discriminación legal que imperaba en el país ya que “el matrimonio es la única institución jurídica que supera el déficit de protección de las parejas del mismo sexo”. Y agrega: “Cualquier otra figura resultaría discriminatoria, incluso si tuviera los mismos derechos pero tuviera otro nombre”.

Obligatorio cumplimiento

Para el abogado constitucionalista, Fernando Borda, la decisión de la Corte Constitucional sigue una línea jurisprudencial que viene manejando por varios años y responde a la interpretación de la primacía del derecho a la igualdad frente a las definiciones jurídicas del matrimonio integrado por un hombre y una mujer. “El derecho de la igualdad es de primera generación y prima sobre el del matrimonio entre hombre y mujer, que es de segunda”, afirma. El abogado también señala que una vez quede en firme la sentencia, luego de votarse la ponencia positiva, la decisión se convierte en precedente jurisprudencial de obligatorio cumplimiento por parte de todos los notarios y jueces del país.

“Hoy el matrimonio no es matrimonio”: procurador

El procurador general, Alejandro Ordóñez, se pronunció frente a la decisión de la Corte Constitucional de avalar el matrimonio de parejas del mismo sexo y afirmó que “con esta decisión, con esta providencia, quedan definitivamente sepultados aspectos esenciales de la Constitución del 91. Hoy la vida no es inviolable, como lo contemplaba la Constitución del 91, el matrimonio no es matrimonio y la familia no es familia”. Para Ordóñez, la Corte, “so pretexto de las decisiones de control de constitucionalidad, lo que está imponiendo es una concepción ideológica contra la misma Constitución”. El procurador manifestó que buscará que el Congreso, vía Acto Legislativo, restablezca “precisamente lo que la Corte ha destruido” y que si bien esto no depende de una iniciativa de la Procuraduría, anunció que se reunirá con varios congresistas para impulsar dicho proyecto.

Fuente: http://www.elheraldo.co/politica/corte- ... rio-253188
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“La Corte ya decidió que la forma de unión de los gais es el matrimonio

Message : # 6839Message Darloup »

Por Jorge Luis Cantillo Barrios

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Luis Guillermo Guerrero, magistrado Corte Constitucional.


El magistrado Luis Guillermo Guerrero adelanta a EL HERALDO el alcance del fallo de la Corte Constitucional. Dice que la decisión será “vinculante y efectiva” cuando la nueva ponencia se apruebe. La Sala Plena se reunirá el jueves.

Declarado conservador en su rol de ciudadano, el magistrado de la Corte Constitucional, Luis Guillermo Guerrero, afirma que cuando se trata de fallos constitucionales su ideología no es otra que respetar la consitución. Guerrero fue uno de los tres magistrados que adoptó la decisión minoritaria en la Corte de oponerse al matrimonio entre parejas del mismo sexo.

En conversación exclusiva con EL HERALDO, Guerrero sostiene que aunque aún resta que la decisión se formalice mediante la votación de una nueva ponencia positiva, que sería el próximo jueves, el pronunciamiento de la Corte es claro a favor del matrimonio igualitario.

“La decisión ya está adoptada, mejor dicho, ya se sabe cuál es el sentido de la votación. Ya la Corte decidió que la forma de solemnizar la unión de las parejas homosexuales es a través del matrimonio”, afirma el magistrado.

Con esta determinación, el matrimonio civil estaría permitido para cualquier pareja sin importar su sexo y, según lo explica el magistrado, “cabría pensar que con lo anunciado por la Corte haya una decisión de los jueces y notarios de acoger esa línea”, lo que implica que desde ya los homosexuales podrían casarse sin restricciones.

Sin embargo, precisa, esto aún queda abierto a la interpretación de los jueces y notarios y no será hasta que se emita un fallo en propiedad que resultaría vinculante y efectivo.

Prima la igualdad

El argumento que se impuso en la Corte a la hora de votar, explica Guerrero, fue el derecho a la igualdad, reconocido en la Constitución Colombiana como un derecho fundamental.

“Las dos posiciones divergentes quedaron reflejadas en la votación, una mayoritaria de seis votos y la otra de tres. La mayoritaria partía un poco de la base de afirmar que se trataba de un asunto de igualdad y que las parejas del mismo sexo debían acceder en igualdad de condiciones a una vía de formalizar el matrimonio. La Corte había dejado espacio para que el legislador adoptara esta decisión y como el legislador no había adoptado la decisión, cabía entonces hacer lo que se llamó en la sentencia C-577 la formalización de la unión y la mayoría concedió que esa formalización en Colombia se hace por la vía del matrimonio, esa fue básicamente el argumento de la mayoría”, precisa.

Desde 2007 la Corte Constitucional ha manejado una línea jurisprudencial en materia de reivindicación de derechos de las parejas homosexuales. La Sentencia C-075 de ese año fue la primera en que se reconocieron derechos patrimoniales a parejas del mismo sexo y con la decisión frente al matrimonio igualitario ratifica esa tradición jurídica.

Con esto concuerda el magistrado Guerrero, quien afirma estar inscrito en esa línea “de reconocimiento y protección de igualdad de derechos y reconocimiento de la dignidad de las personas y las parejas homosexuales”. Sin embargo, manifiesta que en esta ocasión se apartó de la decisión mayoritaria “no porque considerara que los homosexuales no tengan derecho a formalizar su unión, sino porque tenía una diferencia sobre la vía por la cual eso podría hacerse”.

Guerrero, integra la Corte Constitucional desde 2012 y también presentó salvamento de voto en la s sentencias C-071 y C-683 de 2015 que permitieron la adopción entre parejas del mismo sexo.

Demanda a magistrados

El director de la Fundación Marido y Mujer, Javier Suárez, anunció que interpondrá una denuncia penal y disciplinaria contra los seis magistrados que votaron por el “sí” al matrimonio de las parejas del mismo sexo, así como contra los ministros del Interior y de Justicia, al sostener que le correspondía al Congreso la Corte Constitucional y tomar la histórica decisión.

La denuncia contra los togados la interpondrá ante la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representantes, por los delitos de “prevaricato por acción, prevaricato por omisión y dolo”.

¿Cómo queda la legislación ante la decisión de la Corte?

Dentro del ordenamiento jurídico colombiano el matrimonio se encuentra mencionado constitucionalmente en el artículo 43, mediante el cual se define el concepto de familia de la siguiente manera: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.

Este concepto fue utilizado por la Corte Constitucional para declarar exequible la definición de matrimonio que se encuentra en el Código Civil: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”. Mediante la sentencia C-577 la Corte dijo que esta definición era afín a la Constitución, no obstante, reconoció que en la Carta Magna no se incluía una discriminación ante otros tipos de familia que no fueran integradas por un hombre y una mujer, como es el caso de las parejas homosexuales. En dicha sentencia, la Corte señaló que la frase “o por la voluntad responsable de conformarla”, era lo suficientemente amplia como para abarcar otros modelos de familia. De esta manera se le dio reconocimiento al derecho de los homosexuales de constituir familia y se exhortó al Congreso a que legislara sobre el tema de manera “sistemática y organizada”. El Congreso venció su plazo el 21 de junio de 2013 y falló en expedir una Ley que armonizara el principio constitucional con la definición del código civil por lo que las parejas homosexuales quedaron habilitadas para casarse bajo la figura de la “unión solemne”, hasta que la decisión del jueves concediera que estas uniones fueran llamadas matrimonio.

Comparación: El caso español

España fue el tercer país y el primero de habla hispana en el mundo en reconocer el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Esa histórica decisión fue adoptada por el Parlamento español y entró en vigor el 3 de julio de 2015. En ese momento, los parlamentarios españoles aprobaron una reforma al Código Civil que adicionaba el siguiente párrafo al artículo 44: “El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”. El primer párrafo de dicho artículo permaneció con su redacción original: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código”. Esta reforma, que fue aprobada bajo el Gobierno de José Luis Rodriguez Zapatero, fue recurrida por el PP de Mariano Rajoy que la remitió al tribunal Constitucional. Siete años duró en estudio de constitucionalidad y en 2012 fue ratificada por el alto tribunal que bajo una interpretación de la Carta Magna como un “árbol vivo” señaló que el matrimonio “es un derecho constitucional de todos”.

Fuente: http://www.elheraldo.co/politica/la-cor ... nio-253482
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Fin a los eufemismos

Message : # 6840Message Darloup »

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Tras la vergonzosa inhibición del Congreso de la República ante un debate de tanta importancia sobre los derechos civiles, la Corte Constitucional ha emitido un fallo histórico que da luz verde al matrimonio homosexual.
A falta de que se conozca el texto del fallo, la Corte Constitucional ha tomado una decisión con respecto al matrimonio homosexual que los medios no han vacilado en calificar de histórica. Por seis votos contra tres, el máximo intérprete de la Carta Magna tumbó una ponencia en sentido contrario y admitió por vez primera que personas del mismo sexo puedan constituirse en matrimonio, una figura asociada hasta ahora en los textos legales a la unión entre hombre y mujer.

Los magistrados se encontraban ante una compleja disyuntiva. La Constitución, en su artículo 13, establece que todas las personas son iguales ante la ley y que el Estado “promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva”, en especial en defensa de “grupos discriminados o marginales”.

Por otra parte, el artículo 42 señala que la familia es el “núcleo fundamental” de la sociedad y que aquella se constituye “por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. Al desarrollar el concepto de matrimonio, el Código Civil establece que este “es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”.

En un fallo –también trascendental– de 2011, la Corte exhortó al Congreso de la República a clarificar la legislación con el fin de garantizar a los homosexuales la igualdad ante la ley que consagra la Constitución.

Es cierto que los gais ya pueden –tras la Constitución del 91 y sucesiva jurisprudencia– tener la consideración de “familia” y conformar una “unión solemne” que les garantiza todos los derechos como pareja; pero la mayoría de los magistrados opina que subsisten discriminaciones. Por una parte, el registro de ese tipo de unión exige unos requisitos que no se piden a los contrayentes de matrimonio. Por la otra, la comunidad gay considera –con razón– que una igualdad no es tal si existe una diferenciación de términos para designar el mismo derecho.

El plazo que la Corte dio al Congreso para subsanar esta discriminación venció en junio de 2013, por lo que el órgano constitucional, en respuesta a varias tutelas, ha decidido ahora sentar una jurisprudencia contundente. Por lo que uno de los magistrados ha adelantado a EL HERALDO, el fallo contemplará, sin eufemismos, que los gais puedan unirse en matrimonio. La mayoría de los magistrados coincide en que la figura del matrimonio, tanto en la Constitución como en el Código Civil, puede tener una interpretación flexible, en el sentido de que, aunque se señale que es un contrato entre hombre y mujer, no se precisa que lo deba ser de manera exclusiva.

Es comprensible que la decisión sea objeto de polémica, por el arraigo milenario que tiene en nuestra cultura el concepto del matrimonio heterosexual. Lo que no es comprensible, lo que produce vergüenza, es la forma en que el Congreso ha soslayado repetidamente este debate de tanta importancia sobre los derechos civiles.

Fuente: http://www.elheraldo.co/editorial/fin-l ... mos-253441
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Colombia es el país número 24 en avalar matrimonio gay

Message : # 6907Message Darloup »

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Imagen de una audiencia de la Corte Constitucional en la que fue tratado el tema.


Por Universidad Simón Bolívar

Activistas dicen que defenderán decisión, mientras Procuraduría buscará reversarla • Sociedad actual, cada día más inclusiva y tolerante.

“Nosotras estamos casadas, contrajimos matrimonio civil el 4 de octubre de 2013 en el Juzgado 44 Civil Municipal de Bogotá. Casadas por amor, por convicción, somos una pareja del mismo sexo y estamos convencidas de que tenemos los mismos derechos que cualquier otra pareja en este país”, sostuvo Sandra Marcela Rojas en la audiencia pública de la Corte Constitucional del 30 de julio de 2015, en la que participó al lado de su esposa, justamente para ventilar el futuro de las uniones LGBTI.

Ellas son una de las parejas que demandaron el pronunciamiento del alto tribunal colombiano que, en efecto, avaló el 7 de abril pasado el matrimonio civil entre personas del mismo sexo.

El país es uno de los 24 en el mundo que lo han aprobado. Antes ya lo habían hecho Holanda, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Luxemburgo, Noruega, Irlanda, Suecia, Portugal, Finlandia, Inglaterra, Escocia, Islandia, Estados Unidos, Canadá, Argentina, Uruguay, Brasil, México (varios estados), Sudáfrica, Nueva Zelanda y Groenlandia.

Detalla la Corporación Caribe Afirmativo -defensora de derechos de población LGBTI- que el proceso para llegar a este reconocimiento lleva unos 10 años, aunque fue solo hasta 2007 que la Corte Constitucional, con la sentencia C-075, extendió derechos propietarios y pensionales propios de las uniones maritales de hecho a las parejas homosexuales unidas bajo esta figura.

En 2009, a través de la sentencia C-029, la Corte modificó una serie de leyes para otorgar 42 derechos a las parejas homosexuales unidas por una unión marital de hecho, como nacionalidad, permiso de residencia, testimonio en proceso judicial, derechos familiares propietarios, entre otros.

Luego, en 2011, el mismo tribunal estableció que no estaba facultado para modificar las normas que definían el matrimonio como la unión de hombre y mujer. En esa sentencia, la C-577, estableció que en un periodo de dos años el Congreso debía proceder a la reglamentación de este asunto. Debido a que el tiempo se cumplió a mediados de 2013 sin que el parlamento actuara, parejas del mismo sexo empezaron a formalizar sus uniones ante notarios o jueces con competencia para ello.

Lo que hizo la Sala Plena de la Corte este 7 de abril fue pronunciarse al respecto; para ello tumbó la ponencia del magistrado Jorge Pretelt, que planteó que las uniones entre gais podían seguir siendo reconocidos como vínculos solemnes. El paso a seguir es la elaboración de un proyecto de fallo con lo esbozado por la mayoría.

“Con la aprobación del matrimonio igualitario se cierra un ciclo para las personas LGBTI del país, que venían luchando por sus derechos; ahora toca defender esta decisión y proveer para que en Colombia esta población no sea víctima de atropellos ni de agresiones ni discriminación”, señala Wilson Castañeda, director de Caribe Afirmativo.

Y enseguida añade: “Que historias como las del conflicto armado, la de Sergio Urrego o la de una pareja gay que le prohíben casarse, no se repitan”.

En contra. Uno de los contradictores del matrimonio civil entre parejas del mismo sexo ha sido el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, para quien “hoy la vida no es inviolable, como lo contemplaba la Constitución del 91, el matrimonio no es matrimonio y la familia no es familia”.

En conversación con medios de comunicación nacionales, tras la decisión de la Corte, el jefe del Ministerio Público manifestó también era menester “acudir al Congreso de la República para que los congresistas presenten un proyecto de acto legislativo, restableciendo precisamente lo que la corte ha destruido”. Y añadió que pese a que la Procuraduría no tiene iniciativa en esa materia él acudiría “a varios congresistas para que logremos presentar cuanto antes un acto legislativo en ese sentido”.

Otra de las participantes en las audiencias abiertas por la Corte fue la mexicana Sofía Martínez Agraz, asesora jurídica de la organización Alianza por la Libertad, en cuya disertación expuso que al tratar de redefinir la institución del matrimonio no se estaría simplemente modificando algunos de sus elementos sino que estaría ante la creación de un ente distinto a lo que históricamente ha sido el matrimonio, y que ello sería por imposición judicial.

Fuente: http://www.elheraldo.co/nacional/colomb ... gay-256948
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Desde hoy rige el matrimonio gay

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Por Jorge Luis Cantillo Barrios

Las parejas del mismo sexo tendrán los mismos derechos que las heterosexuales. Jueces y notarios no podrán objetar conciencia.

Con la aprobación de la ponencia positiva presentada por el magistrado Alberto Rojas Ríos, la Corte Constitucional dio el sí definitivo al matrimonio entre parejas homosexuales en Colombia y dictaminó que los jueces y notarios no podrán negarse a realizar estas uniones.

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La votación fue de seis votos contra tres y después de un intenso debate en el máximo tribunal constitucional se impuso el argumento de la protección a los derechos fundamentales a la igualdad, la libertad y la dignidad humana.

La ponencia de Rojas señaló que el matrimonio no puede considerarse exclusivamente como la unión de un hombre y una mujer y que es una figura que se debe aplicar sin distinción de género. También dictaminó que el matrimonio entre una pareja homosexual tendrá los mismos efectos jurídicos y vinculantes que uno de una pareja heterosexual.

“Hombres y mujeres forman parte de la especie humana, la igualdad implica dar trato igual a los que son iguales (...) Todo ser humano, por el hecho de serlo, le asiste el derecho fundamental a contraer matrimonio sin ninguna clase de discriminación ”, expuso el magistrado Rojas ante la Sala.

Sin embargo, la intención de elevar el matrimonio a derecho fundamental, que venía contemplado en la ponencia, fue derrotado durante el debate.

El pasado 7 de abril la Corte Constitucional había dado vía libre al matrimonio de parejas homosexuales al hundir, seis votos contra tres, la ponencia negativa presentada por el magistrado Jorge Pretelt que buscaba restringir a los homosexuales su derecho a casarse.

Para el director de Caribe Afirmativo, Wilson Castañeda, la ponencia tiene tres elementos contundentes: Dejar válidos los matrimonios de personas homosexuales celebrados desde 2013, que según la oficina de supernotariado y registro son 255 a nivel nacional; advierte que el ejercicio del matrimonio igualitario, así como ocurre con el matrimonio heterosexual puede realizarse en cualquier juzgado y notaría; y en tercer lugar aclara contundentemente que ni jueces ni notarios se pueden negar al matrimonio aduciendo objeción de conciencia.

La Unión Colegiada del Notariado Colombiano al conocer el fallo envió a sus notarios una solicitud para garantizar el trato “igualitario, digno y respetuoso” de todos los ciudadanos que soliciten contraer matrimonio sin distingo de su sexo.

Fuente: http://www.elheraldo.co/politica/desde- ... gay-257674
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Le mariage homosexuel est désormais légal en Colombie

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La Cour constitutionnelle de Colombie a définitivement légalisé jeudi 28 avril le mariage entre personnes du même sexe. Le pays devient ainsi le quatrième d’Amérique du Sud à autoriser l’union homosexuelle.

« Les juges ont affirmé à la majorité que [ce dispositif] ne viole pas l’ordre constitutionnel en vigueur », a déclaré la présidente de l’institution Maria Victoria Calle.

« Toute personne est libre et autonome pour constituer une famille (...) en accord avec son orientation sexuelle et en recevant le même traitement et protection garantis par la Constitution et la loi. »

Début avril, la Colombie avait déjà franchi une étape décisive vers cette légalisation, avec un vote favorable de la Cour constitutionnelle salué comme « historique ». Réunis en session plénière le 7 avril, six des neuf magistrats de l’institution s’étaient prononcés contre la requête du magistrat Jorge Pretelt, qui entendait nier aux homosexuels le droit à se marier dans les mêmes conditions légales que les hétérosexuels.
La Cour avait alors précisé qu’un autre juge, Alberto Rojas, devrait « proposer un nouveau projet » qui serait examiné lors de la prochaine session et pourrait donner lieu à une décision définitive sur ce sujet.

Bientôt le tour du Mexique ?

La Colombie connaît un vide juridique depuis l’échéance en 2013 du délai donné par la Cour au parlement afin qu’il légifère sur ce thème. Mais la plus haute juridiction a autorisé les couples de même sexe à demander à un juge ou un notaire d’enregistrer leur union civile. En novembre, elle avait même validé une décision reconnaissant aux couples homosexuels le droit à l’adoption. A ce jour, elle est la seule à leur avoir accordé des droits dans le pays, notamment, en cas d’union civile, d’affiliation à la sécurité sociale du conjoint ou à l’héritage.

Outre l’Argentine, le Brésil et l’Uruguay, qui ont légalisé cette union, le Mexique a récemment ouvert la voie au mariage gay. D’autres pays du continent ont, de leurs côtés, approuvé les unions civiles. La Cour suprême mexicaine, la plus haute instance judiciaire de ce pays très catholique, a émis en juin 2015 un jugement déclarant inconstitutionnelle toute décision d’interdire le mariage homosexuel dans un de ses Etats.

Source : http://www.lemonde.fr/ameriques/article ... _3222.html
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